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Salario Mínimo SEP2012 15% Aumento

posted Sep 17, 2012, 5:58 PM by Jonathan Garcia Blanco   [ updated Sep 17, 2012, 6:05 PM ]

Desde el 01/09/2012 entra en vigencia el 2do aumento de 15% publicado el 24/04/2012 en GO 39908, decreto 8920, correspondiente al aumento del 30% del SALARIO MÍNIMO, el cual se aplicó sucesivamente en 2 fechas:  

Desde SEPTIEMBRE 2012 aumento 15%:

  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 2.047,52
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 1.522,43
Desde MAYO 2012 aumento 15%:
  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 1.780,45
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 1.323,86

Hasta el 30/04/2012 estuvieron vigentes los siguientes montos:

  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 1.548,22
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 1.151,19

Cálculos por actualizar:
  • IVSS: topes de Salario Mínimo para efectos del cálculo de los aportes y retenciones relacionados con el IVSS.
  • Vacaciones: Vacaciones y Bono Vacacional en base al salario del mes anterior.
  • Cesta Ticket: tope de 3 salarios mínimos para gozar del beneficio de Cesta Ticket (Programa de Alimentación).
Fuente:
http://www.tsj.gov.ve/ GACETA OFICIAL 39908 del 24/04/2012.
Link para descarga directa: http://www.tsj.gov.ve/gacetaoficial39908

Reforma LOT 2012 (Ley Orgánica del Trabajo)

posted Jun 8, 2012, 5:48 PM by Jonathan Garcia Blanco   [ updated Sep 17, 2012, 6:11 PM ]

El pasado 08/05/2012 fue publicado en GO Extraordinaria 6076 la REFORMA DE LA LOT (LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS), los aspectos más relevantes son: 
  1. Tercerización Eliminada pero se permite la subcontratación, plazo de 3 años para transición.
  2. Sistema Mixto de Prestaciones Sociales, se DEPOSITAN similar al sistema LOT 1997 pero al culminar la relación se debe efectuar un CÁLCULO RETROACTIVO para pagar el monto mayor:
    1. Ahora se llaman Prestaciones Sociales, en la LOT 1997 se llamaban Prestaciones por Antigüedad, aunque en el uso se les decía Prestaciones Sociales.
    2. Se generan desde el 1er mes.
    3. Se depositan 15 días trimestrales al inicio de cada trimestre, con base al salario del mes anterior.
    4. Al culminar la relación laboral se pagará por concepto de Prestaciones Sociales el monto mayor entre lo DEPOSITADO y el CÁLCULO RETROACTIVO (Producto de Años de Antigüedad * 30 * Último Salario Mensual)
  3. Utilidades de 30 días, anteriormente eran mínimo 15 días. También se les llama Bonificación de Fin de Año y Aguinaldos.
  4. Bono Vacacional de 15 días, anteriormente eran 7 días.
  5. Se suman a los feriados Lunes y Martes de Carnaval
  6. Reducción de la Jornada Laboral a 40 horas semanales.
  7. Despido Injustificado Eliminado e Inamovilidad a partir del primer mes (87-1)se puede llegar a un "despido de mutuo acuerdo" donde se le paga al trabajador una Indemnización equivalente al monto de las Prestaciones Sociales (pago doble).
  8. Eliminada la indemnización del trabajador al patrono por preaviso omitido.
  9. Maternidad: Pre y Post natal, 6 y 20 semanas, respectivamente, e inamovilidad por 2 años luego del parto.
  10. Paternidad: Licencia remunerada de 14 días contínuos luego del parto e inamovilidad por 2 años luego del parto.
Fuente:
http://www.tsj.gov.ve/ GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA 6076 del 08/05/2012, que reemplaza la Ley Orgánica del Trabajo de 1997.

Link para descarga directa:
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Mis reflexiones:
  1. De acuerdo al 100% con las mejoras en Utilidades, Bono Vacacional, Carnaval, Jornada Laboral e inclusive con lo Maternidad y Paternidad pero 1 año de inamovilidad para el padre es suficiente.
  2. Tercerización: se debería permitir la tercerización hasta por 2 años y luego que sean absorbidos por las empresas contratantes.
  3. Sistema Mixto de Prestaciones, deberían eliminar la retroactividad pues esta es burlada al no hacer aumentos de salarios, lo cual condena al trabajador a ganar salario mínimo y olvidarse de aumentos distintos a los dictados por el gobierno. ¿Si el sistema de 1997 era tan malo porqué dejaron uno tan similar?  El verdadero problema es la inflación y es lo que hay que controlar.
  4. En desacuerdo 100% con la eliminación del Despido Injustificado y la indemnización del preaviso del trabajador al patrono.

Salario Mínimo MAY2012 15% Aumento

posted Jun 8, 2012, 4:35 PM by Jonathan Garcia Blanco

El pasado 24/04/2012 fue publicado en GO 39908 el decreto 8920, correspondiente al aumento del 30% del SALARIO MÍNIMO, el cual se aplicará sucesivamente en 2 fechas:  

Desde MAYO 2012, aumento 15%:
  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 1.780,45
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 1.323,86

Desde SEPTIEMBRE 2012, aumento 15%:

  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 2.047,52
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 1.522,43
Hasta el 30/04/2012, estuvieron vigentes los siguientes montos:
  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 1.548,22
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 1.151,19

Cálculos por actualizar:
  • IVSS: topes de Salario Mínimo para efectos del cálculo de los aportes y retenciones relacionados con el IVSS.
  • Vacaciones: Vacaciones y Bono Vacacional en base al salario del mes anterior.
  • Cesta Ticket: tope de 3 salarios mínimos para gozar del beneficio de Cesta Ticket (Programa de Alimentación).
Fuente:
http://www.tsj.gov.ve/ GACETA OFICIAL 39908 del 24/04/2012.
Link para descarga directa:

SENIAT: Unidad Tributaria 2012

posted Feb 17, 2012, 7:28 PM by Jonathan Garcia Blanco

En la Gaceta Oficial N° 39.866 de fecha 16 de febrero de 2012, fue publicada la Providencia Administrativa N° SNAT/2012/0005, mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria:
  • A NOVENTA BOLÍVARES (Bs. 90,00).
  • De setenta y seis bolívares (Bs. 76,00),

Dicha Providencia establece que en los casos de aquellos tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente durante por lo menos ciento ochenta y tres días (183) continuos del respectivo período. Mientras que para los casos de los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Código Orgánico Tributario.

 

Fuente Oficial: Gaceta U.T. 2012 GO 39866

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Cálculos por actualizar:
  • Retenciones mensuales de ISLR (honorarios y salarios mayores a Bs 7.500,00/mes)
  • AR-I los primeros 15 días de Marzo
  • Cesta Ticket Diario (Bs 22,50 - 0.25 UT)
  • Límite del Crédito Solicitado para los cuales los Contadores Técnicos Colegiados pueden preparar Balances (Bs 432.000 - 4.800 UT)
  • Multas (Bs 450 - 5 UT)
  • Tasas Aeroportuarias (Nacional Bs 45 - 0,5 UT)
  • Pago Conatel depósitos dominios .ve (Bs 90 - 1 UT)

Economía: Inflación Oficial 2011

posted Jan 18, 2012, 8:47 PM by Jonathan Garcia Blanco

A Continuación la tasa de inflación oficial del año 2011 en la República Bolivariana de Venezuela:

Año 2011             27,6%

Año 2010             27,2%

Año 2009             25,1%

 

Fuente Oficial: www.bcv.org.ve

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A tomar previsiones, ya que, recordemos que la inflación incide sobre UNIDAD TRIBUTARIA, SALARIO MÍNIMO, ALQUILERES Y CONTRATOS EN GENERAL.


A la fecha, Venezuela sufre la tasa de inflación más alta de la región:


 RankingPaís Sudamérica  % Inflación
 1 Venezuela 27,6
 2 Argentina 10,0
 3 Uruguay 8,6
 4 Brasil 6,5
 5 Ecuador 5,4
 6 Perú 4,7
 7 Chile 4,4
 8 Colombia 3,7


Fuente del ranking: LaRed21.com Uruguay

SENIAT: Facturas NOV2011

posted Jan 18, 2012, 8:20 PM by Jonathan Garcia Blanco   [ updated Jan 18, 2012, 8:21 PM ]

En la Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 08 de noviembre de 2011, fue publicada la Providencia Administrativa N° 00071, se establecen las Normas Generales de Emisión de Facturas y otros Documentos.

Salario Minimo SEP2011 10% Aumento

posted Sep 23, 2011, 12:13 PM by Jonathan Garcia Blanco

Desde el 01/09/2011 aplica el aumento restante de 10% anunciado el pasado 28/04/2011 y publicado en Gaceta Oficial 39660 (GO 39660), los montos ascienden a:
 
Desde SEPTIEMBRE 2011, aumento 10%:
  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 1.548,22
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 1.151,19
Desde MAYO 2011,  15%:
  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 1.407,47
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 1.046,54

Desde el 01/05/2010 hasta el 30/04/2011, estuvieron vigentes los siguientes montos:

  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 1.223,89
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 910,04
Cálculos por actualizar:
  • IVSS: topes de Salario Mínimo para efectos del cálculo de los aportes y retenciones relacionados con el IVSS.
  • Vacaciones: Vacaciones y Bono Vacacional en base al salario del mes anterior.
  • Cesta Ticket: tope de 3 salarios mínimos para gozar del beneficio de Cesta Ticket (Programa de Alimentación).
  • Inamovilidad: tope de 3 salarios mínimos para gozar del beneficio de inamovilidad.
Fuente:
http://www.tsj.gov.ve/ GACETA OFICIAL 39660 del 28/04/2011.
Link para descarga directa:

Reforma Ley Alimentación MAY2011 (Cesta Ticket)

posted May 26, 2011, 9:27 AM by Unknown user

El pasado 04/05/2011 fue publicado en GO 39666 la REFORMA DE LA LEY DE ALIMENTACIÓN PARA LOS TRABAJADORES, los aspectos más relevantes son: 
  1. Empresas con menos de 20 Trabajadores deben pagar el Bono de Alimentación desde 1 trabajador.
  2. Se puede pagar en EFECTIVO o equivalente, en empresas con menos de 20 trabajadores y otros supuestos.
  3. El Bono de Alimentación se debe pagar si el trabajador no cumple la jornada de trabajo, motivado a:
    1. Vacaciones,
    2. Pre y Post-Natal,
    3. Licencia de Paternidad,
    4. Incapacidad o enfermedad no mayor a 12 meses,
    5. Causas imputables al patrono y
    6. Calamidad pública que afecte directa y personalmente al trabajador
  4. Luego de 3 Salarios Mínimos se pierde el beneficio, es decir, no es obligatorio pagar el beneficio a quien gane más de Bs.4.222,41 desde Mayo 2011.
  5. Mínimo Bs 19, máximo Bs 38 por día trabajado: El monto por jornada de trabajo debe ser mínimo 0,25 UT y máximo 0,50 UT.
  6. El monto mensual del Bono de Alimentación no debe exceder el 30% del Salario Mensual+Bono de Alimentación.

Fuente:

http://www.tsj.gov.ve/ GACETA OFICIAL 39666 del 04/05/2011, que reemplaza la Reforma de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y Trabajadores publicada en GO 39660 del 28/04/2011.
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Link para descarga directa:

Salario Minimo MAY2011 25% Aumento

posted May 26, 2011, 9:00 AM by Unknown user   [ updated May 26, 2011, 9:25 AM ]

 

El pasado 28/04/2011 fue publicado en GO 39660 el aumento del 25% del SALARIO MÍNIMO, el cual se aplicará sucesivamente en 2 fechas:
Desde MAYO 2011, aumento 15%:
  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 1.407,47
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 1.046,54

Desde SEPTIEMBRE 2011, aumento 10%:

  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 1.548,22
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 1.151,19
Desde el 01/05/2010 hasta el 30/04/2011, estuvieron vigentes los siguientes montos:
  • Salario Mínimo Trabajadores BsF 1.223,89
  • Salario Mínimo Aprendices BsF 910,04
Cálculos por actualizar:
  • IVSS: topes de Salario Mínimo para efectos del cálculo de los aportes y retenciones relacionados con el IVSS.
  • Vacaciones: Vacaciones y Bono Vacacional en base al salario del mes anterior.
  • Cesta Ticket: tope de 3 salarios mínimos para gozar del beneficio de Cesta Ticket (Programa de Alimentación).
  • Inamovilidad: tope de 3 salarios mínimos para gozar del beneficio de inamovilidad.
Fuente:
http://www.tsj.gov.ve/ GACETA OFICIAL 39660 del 28/04/2011.
Link para descarga directa:
 

SENIAT: Unidad Tributaria 2011

posted Mar 2, 2011, 1:45 PM by Unknown user   [ updated Mar 2, 2011, 2:40 PM ]

En la Gaceta Oficial N° 39.623 de fecha 24 de febrero de 2011, fue publicada la Providencia Administrativa N° SNAT/2011/0009, mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria:
  • A SETENTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 76,00).
  • De sesenta y cinco bolívares (Bs. 65,00),

Dicha Providencia establece que en los casos de aquellos tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente durante por lo menos ciento ochenta y tres días (183) continuos del respectivo período. Mientras que para los casos de los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Código Orgánico Tributario.

 

Fuente Oficial: Gaceta U.T. 2011

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Cálculos por actualizar:
  • Retenciones mensuales de ISLR (honorarios y salarios mayores a Bs 6.333,34/mes)
  • AR-I los primeros 15 días de Marzo
  • Cesta Ticket Diario (Bs 19,00 - 0.25 UT)
  • Límite del Crédito Solicitado para los cuales los Contadores Técnicos Colegiados pueden preparar Balances (Bs 384.800 - 4.800 UT)
  • Multas (Bs 380 - 5 UT), Tasas Aeroportuarias

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